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Deducciones personales en la declaración anual: qué puedes restar legalmente del SAT



¿Te gustaría pagar menos impuestos de forma legal?


La Declaración Anual es tu mejor aliada si sabes cómo aprovecharla. Cada año, el SAT permite a las personas físicas restar ciertos gastos personales para disminuir el pago de su impuesto. Estos gastos se conocen como deducciones personales y están respaldados en el Artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).



Pero para hacerlo correctamente, necesitas saber tres cosas:

  • ¿Qué puedes deducir?

  • ¿Estás obligado a declarar?

  • ¿Cuáles son los requisitos?


Aquí te lo explicamos todo 👇


¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual?

La presentación de la Declaración Anual es obligatoria para personas físicas que en el ejercicio hayan obtenido ingresos por alguno de los siguientes conceptos:

  • Sueldos y salarios, si:

    • Trabajaste para un solo patrón y dejaste de laborar antes del 31 de diciembre.

    • Laboraste para dos o más patrones de forma simultánea.

    • Recibiste indemnización, jubilación, pensión o haberes de retiro.

    • Tus ingresos por sueldos y salarios excedieron los $400,000 anuales.

  • Actividad empresarial.

  • Servicios profesionales (honorarios).

  • Arrendamiento de bienes inmuebles.

  • Intereses o dividendos.

  • Adquisición o enajenación de bienes (como la venta de una casa o auto).


¿Qué puedes deducir legalmente?


Estas son las deducciones personales autorizadas por el SAT, siempre que se paguen con tarjeta de crédito, débito o transferencia electrónica (nunca en efectivo) y cuentes con la factura correspondiente (CFDI):

1. Gastos médicos, dentales y hospitalarios

Incluye psicólogos, nutriólogos, enfermeros, prótesis, análisis clínicos, lentes graduados,etc.

Tope: No hay límite, siempre que no hayan sido cubiertos por seguros.

2. Gastos funerarios

Para cónyuge, padres, hijos, nietos o abuelos.

Tope: 1 salario mínimo anual (aprox. $18,000).

3.Donativos

A instituciones autorizadas por el SAT.

Tope: Hasta el 7% de tus ingresos acumulables del año anterior.

4. Intereses reales de crédito hipotecario

Aplica solo si el crédito fue para casa habitación y contratado con instituciones autorizadas.

Tope: Solo los intereses reales (descontando la inflación).

5. Aportaciones voluntarias para el retiro (PPR y planes complementarios)

Tope: Hasta el 10% de tus ingresos, sin exceder de 5 UMA anuales (equivalente a $189,222.00).

6. Primas por seguros de gastos médicos mayores

Deducible solo si se contrató con una aseguradora autorizada.

7. Transporte escolar obligatorio

Solo si la escuela lo exige como parte de la inscripción.

8. Colegiaturas

Con topes anuales según el nivel educativo:

  • Preescolar: $14,200

  • Primaria: $12,900

  • Secundaria: $19,900

  • Profesional técnico: $17,100

  • Preparatoria: $24,500


La temporada fiscal no solo se trata de cumplir con tus obligaciones, también es una gran oportunidad para optimizar tus finanzas.


Organízate, deduce de forma inteligente y haz que tu dinero trabaje para ti.

¡No dejes pasar la oportunidad!

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